La Contraloría General de la República resolvió no dar curso al reglamento de la Ley de Aplicaciones de Transporte, conocida como Ley Uber, tras detectar una serie de deficiencias relacionadas con la falta de fundamentos técnicos, jurídicos y la ausencia de un proceso de consulta pública.
Según el oficio emitido por el organismo fiscalizador, el texto modifica y reduce exigencias técnicas para los vehículos destinados al transporte de pasajeros, entre ellas la antigüedad máxima de operación, la antigüedad mínima para la primera inscripción y la cilindrada mínima, sin que existan antecedentes que justifiquen adecuadamente estos cambios.
El reglamento enviado por el Ministerio de Transportes a fines de abril eliminó o flexibilizó requisitos que habían sido establecidos durante la administración anterior con el objetivo de equiparar las condiciones entre los vehículos de aplicaciones y los taxis tradicionales, argumentando que la medida buscaba evitar efectos negativos sobre el empleo.
El ministro Louis de Grange había señalado que la normativa original afectaba a un alto porcentaje de conductores y que las modificaciones permitirían mejorar la calidad del servicio, reducir barreras de entrada y favorecer la actividad económica. Sin embargo, Contraloría estimó que dichos argumentos no fueron respaldados con antecedentes fácticos, técnicos ni jurídicos suficientes.
En el documento, la contralora Dorothy Pérez sostiene que la rebaja de los estándares de calidad en los servicios de transporte requiere una justificación sólida, especialmente cuando las modificaciones impactan directamente en las exigencias mínimas aplicables a las empresas de transporte por aplicaciones reguladas por la ley.
Finalmente, el organismo recordó al Ministerio de Transportes y Obras Públicas que tanto la legislación vigente como la jurisprudencia administrativa exigen que los actos administrativos estén debidamente fundamentados para evitar decisiones arbitrarias o eventuales desviaciones de poder. (NP-ChatGPT-Bio Bio)
