Un escrito ante el Tribunal Constitucional (TC) dio cuenta ayer del “desistimiento” del requerimiento por inconstitucionalidad presentado por el ex gerente general de SQM, Patricio Contesse, contra la aplicación del Código del Trabajo en el caso de su desvinculación de la firma. Este fue una de los mecanismos a través de las cuáles Contesse persiguió el pago de casi $ 4.000 millones en indemnización por sus 25 años ligados a la minera no metálica.
Por ahora, todo indica que, tal como lo ordenó el directorio de SQM, los abogados externos liderados por Martín del Río, estarían cerca de un acuerdo extrajudicial con Contesse, para reducir el pago de indemnizaciones a una cifra cercana a los $ 1.600 millones. Sin embargo, cuentan conocedores, esas tratativas aún no se cierran a y la causa se reactivará en la Corte de Apelaciones de Santiago, donde estaba a la espera del pronunciamiento del TC.
Es más, a pesar que el acuerdo estaría avanzado, no es parte de la tabla a tratar por el directorio de SQM que hoy se desarrollará en el Salar de Atacama, pese a que los directores pidieron celeridad en este asunto.
Actualmente, Contesse está formalizado por delitos tributarios y soborno en el caso SQM por supuestos aportes irregulares a campañas políticas.
ORIGEN DE LA DEMANDA
Fue en septiembre del año pasado cuando el ex gerente de SQM ingresó una demanda a la justicia laboral de Santiago pidiendo el pago de $ 71.736.429 por aviso previo y $ 3.808.011.075 por años de servicio.
Además, Contesse solicitó que se sumaran los impuestos que correspondan “para que tal valor sea entonces recibido como un valor neto o líquido o libre de impuestos”, además de una remuneración que corresponde a los 16 días de marzo de 2015 que alcanzó a trabajar antes de ser desvinculado y que ascienden a $ 38.259.429 y un feriado legal y proporcional por otros $ 54.997.929.
En primera instancia, la demanda fue rechazada por haberse presentado fuera del plazo de seis meses que determina la ley para una reclamación de este tipo.
Inmediatamente, la defensa del ex ejecutivo recurrió a la Corte de Apelaciones.
Cuando Contesse acudió al TC, aseguró que no se podía desconocer que había hecho valer sus derechos como trabajador.
“No cabe duda que no se trata en la especie de una situación de inactividad del acreedor, por lo que necesariamente nuestro ordenamiento jurídico debe proteger los derechos fundamentales del acreedor y buscar una solución que haga compatible la seguridad jurídica y la justicia social”, indica el escrito presentado al TC. (La Tercera)


