La Convención Constitucional inició su trabajo con una gran novedad y promesa: por primera vez en nuestra historia constitucional la Carta Fundamental incluiría un reconocimiento de los pueblos indígenas elaborado con la participación directa de dichos pueblos a través de los escaños reservados. Más aún, la Convención y los mismos escaños reservados juzgaron necesario realizar además un proceso de consulta indígena respecto al texto de la Nueva Constitución, de modo de cumplir con el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas de 2007, y así conferir mayor legitimidad social a la nueva Carta a través de la participación de todos los pueblos indígenas, cuya diversidad y pluralidad excede con creces aquella representada por los 17 escaños reservados.
Pues bien, de acuerdo con la información pública el proceso de consulta indígena de la nueva Constitución ya está en marcha. De hecho, entre el 14 de febrero y el 4 de marzo, de acuerdo con el cronograma elaborado por la Secretaría Técnica de Participación Indígena de la Convención, se desarrollará una de las etapas centrales del proceso, denominada “Diálogo y Deliberación Propia”. Esta etapa tiene como objetivo generar espacios de diálogo y deliberación interna conforme a instituciones y procedimientos propios de los pueblos en relación con el catálogo de principios y derechos indígenas que sirve de base al proceso.
Lo que debiera ser una buena noticia, al propiciar la participación efectiva de los pueblos indígenas en la elaboración de la Nueva Constitución, es hoy una situación extremadamente preocupante por las deficiencias metodológicas y la ausencia de estándares mínimos del proceso de consulta, los cuales incluso lindan en la ilegalidad.
Un ejemplo de lo anterior es el acotado tiempo en que se desarrollará el ejercicio real de diálogo con los pueblos indígenas —tres semanas—, que no permite que se pueda informar y dar espacio adecuado para la reflexión y deliberación interna. Se trata de una instancia indispensable para lograr un diálogo fructífero, como lo han demostrado experiencias como la consulta del Ministerio de las Culturas y las Artes, o la consulta de la modificación de la Ley Pascua, en que esta etapa duró más de 4 meses.
Pero quizás el elemento más preocupante es que estamos frente a un proceso cuya planificación evidencia que no existe la intención de llegar a acuerdos o lograr el consentimiento, que es la finalidad de la consulta indígena y por lo mismo su estándar más importante. En efecto, al revisar el plan de consulta salta a la vista que no existe una instancia de diálogo propiamente tal entre las instituciones representativas de los pueblos indígenas y el órgano responsable de dictar la medida, en este caso el pleno de la Convención, que permita llegar a acuerdos o lograr el consentimiento respecto a las propuestas de normas constitucionales susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas. Es importante recordar una y otra vez que el proceso de consulta no se trata solo de ‘recibir propuestas de los pueblos indígenas’ cuya incorporación al proceso constituyente dependa de una decisión de la comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas de la Convención —responsable de llevar el proceso— por sí y ante sí, sobre todo si su integración está lejos de ser representativa de la Convención.
Por otra parte, en las últimas semanas hemos sido testigos de varios acuerdos adoptados por las comisiones de la Convención sobre materias y textos respecto de los cuales no puede caber duda que son susceptibles de afectar a pueblos indígenas. Todas estas materias y decisiones se están adoptando al margen del proceso de consulta indígena.
Estamos presenciando entonces una doble paradoja y contradicción. Por un lado, quienes suscribimos este texto veíamos en el trabajo de la Convención no solo la oportunidad de corregir una omisión histórica, sino también de abrir las puertas a un proceso de reconciliación y reencuentro entre los pueblos indígenas y el conjunto de la sociedad chilena. Tenemos la convicción de que el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas no solo es importante para estos últimos, sino para todos los chilenos y chilenas interesados en construir una auténtica interculturalidad. Sin embargo, poco o nada de ese espíritu se ha visto reflejado en el trabajo de la Convención.
Pero más importante que lo anterior, es una paradoja y contradicción visceral que el proceso destinado a habilitar la participación de los pueblos indígenas tenga tal carencia de los estándares más básicos que se deben respetar en un proceso de consulta indígena. Tal como está planificado y como se está desarrollando el trabajo de la Convención, el proceso más bien parece un ‘saludo a la bandera’ destinado simplemente a poder decir que se cumplió. (El Mercurio)
Richard Caifal
Iván Cheuquelaf
Andrés Cortés
Sebastián Donoso
Nicolás Figari



