El Tribunal de Ética del Colegio de Abogados sancionó con una censura por escrito a Juan Pablo Hermosilla por declaraciones públicas realizadas mientras ejercía la defensa de su hermano, Luis Hermosilla, en el marco del denominado caso Audio.
El procedimiento se originó a partir de una investigación disciplinaria impulsada por el entonces presidente del gremio, Pedro Pablo Vergara, y de una denuncia presentada por el fiscal nacional, Ángel Valencia, quien cuestionó las declaraciones del abogado contra integrantes del Ministerio Público.
El caso estuvo relacionado, entre otros episodios, con el punto de prensa realizado por Hermosilla en noviembre de 2024, cuando anunció antecedentes sobre jueces y fiscales que habían mantenido contactos con su hermano.
El Tribunal de Ética concluyó que el abogado infringió dos disposiciones del Código de Ética relacionadas con la actuación de los profesionales ante los medios de comunicación y con las declaraciones públicas sobre investigaciones o procesos judiciales pendientes.
De manera unánime, los integrantes del tribunal determinaron una vulneración del artículo 101, que exige a los abogados actuar con veracidad y moderación en sus intervenciones públicas. Por mayoría también establecieron una infracción del artículo 102, que busca impedir declaraciones capaces de afectar seriamente la imparcialidad de investigaciones o decisiones judiciales.
Según el fallo, Hermosilla realizó puntos de prensa y entregó públicamente nombres de autoridades, entre ellas fiscales y miembros del Poder Judicial, mientras el caso Audio se encontraba en pleno desarrollo. El tribunal consideró que esas actuaciones trasladaron parte de la controversia desde las instancias institucionales hacia los medios de comunicación.
La resolución precisó que no se acreditó que el abogado buscara obtener mediante sus declaraciones una decisión favorable para su hermano. Sin embargo, estimó que la información divulgada podía afectar la imparcialidad de autoridades involucradas en las investigaciones y procedimientos relacionados con el caso.
La instructora del procedimiento había solicitado una suspensión de seis meses de la colegiatura, petición respaldada por Valencia. El tribunal descartó esa sanción y optó por una censura escrita.
Hermosilla informó que no recurrirá contra la resolución, manifestó estar conforme con la decisión y señaló que tendrá en consideración los criterios establecidos por el Tribunal de Ética para casos de alta exposición pública.
El fallo incluyó además votos disidentes respecto de la infracción al artículo 102. En ellos se cuestionó que los antecedentes fueran suficientes para acreditar esa falta y se expresó preocupación por las filtraciones de información reservada desde investigaciones del Ministerio Público.
Uno de los votos también formuló un cuestionamiento directo al fiscal nacional, señalando que corresponde al Ministerio Público investigar y prevenir eventuales filtraciones de información confidencial que puedan afectar el debido proceso, la presunción de inocencia y la reputación de las personas involucradas. (NP-ChatGPT-La Tercera)
