El caso SQM abrió un nuevo capítulo judicial luego de que dos de las personas absueltas recurrieran a la Corte de Apelaciones de Santiago para cuestionar la decisión que dejó al Ministerio Público y a los querellantes exentos del pago de las costas generadas durante el extenso proceso.

En agosto del año pasado, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió a los ocho acusados en la investigación por presunto financiamiento ilegal de la política, luego de un juicio que se prolongó durante más de un año. Entre los imputados se encontraban el exministro de Economía Pablo Longueira, el excandidato presidencial Marco Enríquez-Ominami y el exgerente general de SQM Patricio Contesse.

La sentencia fue leída íntegramente hace algunas semanas, cerrando el proceso en primera instancia después de una causa iniciada hace aproximadamente 12 años. Sin embargo, nuevas acciones judiciales mantienen abierto el debate sobre las consecuencias económicas del procedimiento.

Carmen Valdivieso, exasesora de Longueira, y Marisol Cavieres, exsecretaria de la UDI, recurrieron contra la resolución adoptada por las juezas María Teresa Barrientos, Claudia Santos y Carolina Paredes, quienes determinaron no condenar en costas al Ministerio Público ni a los querellantes pese al resultado absolutorio.

El juicio se extendió durante 560 jornadas y, según argumentaron Valdivieso y Cavieres, su condición de imputadas durante casi 12 años las obligó a asumir elevados gastos para ejercer su defensa.

Uno de los puntos centrales de su presentación sostiene que el Ministerio Público no habría contado con motivos plausibles para mantener la persecución penal. Ese aspecto resulta relevante para determinar una eventual condena en costas contra la Fiscalía.

La Fiscalía Regional de Valparaíso, que estuvo a cargo de la investigación iniciada en 2014, rechazó esa pretensión. La fiscal regional Claudia Perivancich presentó un escrito solicitando que la Corte de Apelaciones de Santiago no permita que el recurso continúe su tramitación.

La posición del Ministerio Público se concentra principalmente en la procedencia jurídica de la apelación. Según Perivancich, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal no debió declarar admisibles los recursos presentados por Valdivieso y Cavieres.

La Fiscalía argumentó que la legislación procesal penal establece restricciones a la posibilidad de apelar resoluciones provenientes de un Tribunal Oral en lo Penal. Por ese motivo, sostiene que el mecanismo empleado para cuestionar la sentencia definitiva no sería jurídicamente procedente.

Como segundo argumento, el Ministerio Público citó resoluciones anteriores de la Corte Suprema relacionadas con controversias similares. Según la Fiscalía, esos precedentes respaldan la existencia de otros mecanismos procesales para impugnar determinadas resoluciones y debilitan la procedencia de la apelación presentada.

Perivancich concluyó que los recursos carecerían de fundamento normativo para ser declarados admisibles y solicitó que sean rechazados desde el inicio de su tramitación.

La Corte de Apelaciones de Santiago deberá resolver ahora esta controversia procesal, mientras el caso SQM continúa generando actuaciones judiciales pese a las absoluciones dictadas en primera instancia después de más de una década de investigación y juicio. (NP-ChatGPT-Emol)