La Corte Suprema respaldó este miércoles el fallo emitido por la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró «ilegal» la intervención al teléfono de la psiquiatra Josefina Huneeus en el marco de las indagatorias que, en ese entonces, encabezaba el fiscal de Coquimbo, Patricio Cooper, por el caso ProCultura.
Tras el fallo del tribunal de alzada, del 16 de mayo, Cooper fue removido de la indagatoria por decisión del fiscal nacional, Ángel Valencia, y se le asignó al persecutor regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, quien anunció que recurrirían al máximo tribunal para dejar sin efecto el fallo.
Sin embargo, hoy la fiscalía volvió a enfrentar un revés, puesto que la Suprema -en fallo dividido, de 3 votos contra 2-, confirmó el fallo de la corte de Antofagasta, lo que ratifica la «ilegalidad» de la intervención telefónica.
El fallo del tribunal de alzada fue considerado «lapidario», puesto que no sólo se cuestionó el actuar del fiscal Cooper y de las policías que intervinieron el celular de la psiquiatra -donde se interceptó una conversación con el Presidente Gabriel Boric-, sino que además se apuntó a un actuar propio «de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulnerados por agentes del propio Estado».
Se trata de una frase que, en el fallo de la Suprema, fue calificada como «innecesaria», pero que no desvirtúa las reflexiones jurídicas contenidas en la sentencia inicial.
FALLO DE LA SUPREMA
En el fallo de 9 páginas, la Corte Suprema detalla que, tal como se expresó en los razonamientos de la Corte de Antofagasta, «la investigación penal, por regla general, no puede afectar derechos fundamentales -como el derecho a la intimidad, a la vida privada y a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas-, salvo que se cuente con autorización del juez de garantía competente».
«Por lo tanto, siendo tales medidas de carácter excepcional, para concederlas el legislador exige un alto estándar de exigencias que deben cumplirse tanto por la fiscalía -para solicitarlas- como de motivación por el juez al dictar la resolución que las dispone», añade.
El documento sostiene además que «en el caso presente, las medidas intrusivas decretadas -que afectaban los derechos fundamentales ya expresados-, no cumplieron dichos estándares», por las razones que se expresan en el fallo del tribunal de alzada y que «esta Corte comparte».
Respecto a la alusión que hace el fallo de la Corte de Antofagasta a tiempos de dictadura, la Suprema detalla que «no obsta la solidez de los argumentos del fallo del tribunal de primer grado, ni menos puede estimarse que revelan un sesgo de parcialidad, la circunstancia de que (…) se haya introducido una frase -como un argumento retórico destinado a reforzar los razonamientos que le anteceden- que evoca la actuación de los órganos a cargo de la investigación penal en periodos dictatoriales, como quiera que dicha oración resultaba innecesaria y no desvirtúa, ni tampoco potencia, las reflexiones jurídicas de la aludida sentencia».
VALENCIA: «UNA DECISIÓN QUE NO DESEABAMOS»
«Es una decisión que no deseábamos». Así reaccionó el fiscal nacional Ángel Valencia al fallo emitido esta tarde por la Corte Suprema que confirma la ilegalidad de la interceptación que sufrió el teléfono de Josefina Huneeus en el marco del Caso ProCultura.
Valencia valoró que el máximo tribunal haya calificado de innecesaria la frase que incluye el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, donde afirma que las acciones del Ministerio Público son de «tiempos pretéritos de la República donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulnerados por agentes propios del Estado».
«El propio fallo de mayoría manifiesta que aquellos pasajes de la sentencia que habíamos observado en distintas oportunidades, eran innecesarios en el contexto de la resolución que en definitiva confirma. Ahora, es una sentencia que se dicta respecto de una diligencia en particular, el caso Convenio es mucho más grande que eso, el caso ProCultura también es bastante más amplio que eso y la investigación que está a cargo de la Fiscalía Regional de Antofagasta sigue adelante», agregó.
Al ser un fallo dividido de 3 contra 2, el fiscal nacional destacó que dos ministros acogieran los argumentos expuestos por el Ministerio Público, aunque sostuvo que «esperábamos que la corte revocara esta sentencia. Pero para eso están los tribunales de justicia, para resolver las discusiones sobre la legalidad que existen los intervinientes», manifestó. En esa línea, Valencia aseguró que este fallo no «afecta de manera alguna el curso de la investigación».
Respecto de sanciones o procedimientos administrativos en contra del fiscal Patricio Cooper y persecutores adjuntos de la Fiscalía Regional de Coquimbo, Valencia aseguró «solicitamos en su momento un informe al fiscal regional de Coquimbo y una vez recibido ese informe revisaremos si efectivamente procede abrir una investigación disciplinaria». (Emol)



