Con motivo de los graves sucesos que han afectado al país, el Presidente de la República convocó al Consejo de Seguridad Nacional para informarle sobre el tema, y, lo que es obvio, para contar con su asesoría de acuerdo con lo que establece el mandato constitucional. El actual contralor general, como miembro del referido Consejo, después de realizada la reunión declaró en forma muy categórica que el problema planteado solo incidía en el orden interno y que, por lo mismo, debía ser afrontado exclusivamente por los órganos pertinentes dependientes del Poder Ejecutivo. Varios miembros del mismo Consejo y otros personeros han adherido a tal afirmación como una verdad irrefutable.
En mi condición de ex contralor general y, por ende, miembro del Consejo de Seguridad Nacional durante los años 1997 a 2008, me siento en la obligación ética de hacer algunas reflexiones y precisiones ante la gravedad de lo ocurrido.
El art. 106 de la Constitución Política dispone textualmente: “Habrá un Consejo de Seguridad Nacional encargado de asesorar al Presidente de la República en las materias vinculadas a la seguridad nacional y de ejercer las demás funciones que esta Constitución le encomienda. Será presidido por el jefe del Estado y estará integrado por los presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Corte Suprema, por los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, por el General Director de Carabineros y por el Contralor General de la República. En los casos que el Presidente de la República lo determine, podrán estar presentes en sus sesiones los ministros encargados del gobierno interior, de la defensa nacional, de la seguridad pública, de las relaciones exteriores y de la economía y finanzas del país”.
Cabe señalar que la situación de anormalidad que estamos viviendo corresponde a un cuadro nacional muy complejo, puesto que detrás de aspiraciones legítimas que puede estar planteando la ciudadanía, existen pobladas que al margen de la ley están destruyendo todo tipo de bienes públicos y privados, incluidos establecimientos de salud, educación y de la policía, acompañado de abiertos llamados al derrocamiento del Presidente de la República y haciendo la apología del odio y la violencia, planteando, inclusive, la destrucción misma del Estado.
Se trata de fuerzas organizadas e incentivadas por un mando que aparece oculto, contando con la adhesión y aprovechamiento desvergonzado de delincuentes habituales o de paso.
Desconocer la gravedad y complejidad de lo ocurrido nos lleva a hacer un símil con la situación eventual de un enfermo grave, con muchas dolencias, cuyo médico, aunque encargado de enfrentar el problema, solo se preocupase de bajar la temperatura sin afrontar las causas del mal.
Pero hay más. El concepto de seguridad nacional tiene una larga trayectoria de estudios realizados por doctos en ciencia política y, por lo mismo, fue latamente analizado durante el proceso de generación de nuestra Constitución Política y también con motivo de sus reformas posteriores. Esa historia es categórica en el sentido de que la seguridad nacional está indisolublemente ligada al desarrollo económico y al desarrollo social, al orden interior y a la defensa exterior, todo ello sobre la base fundamental de la integridad y unidad nacional. Por eso es que se crea de inmediato un estado de inseguridad si no se persevera y fortalece permanentemente la integridad nacional. Es obvio, entonces, que la destrucción sistemática de esa integridad y unidad mediante acciones inspiradas en el odio y con una labor destructiva con graves consecuencias para el trabajo de los chilenos, para la producción, para la convivencia nacional, para la salud, para la educación en todos sus niveles y para la presencia del país en el ámbito mundial, constituye un gravísimo atentado a los referidos valores y, consecuencialmente, afecta la esencia misma de la seguridad nacional. Hay que recordar que la seguridad nacional comprende, inclusive, la preservación del patrimonio ambiental.
En armonía, y con clara evidencia de lo que estamos planteando, es que el propio artículo 106 de la Constitución Política contempla que “en los casos que el Presidente de la República lo determine, podrían estar presente en sus sesiones (las del Consejo de Seguridad Nacional) los miembros encargados del gobierno interno de la defensa nacional, la seguridad pública, de las relaciones exteriores y de la economía y finanzas del país”. (El Mercurio)
Arturo Aylwin



