El fatigoso Acuerdo para impulsar un proceso constituyente debiera ser una gran señal para el futuro de Chile. Sin embargo, leyendo con atención sus resultados, se presentan algunas dudas inquietantes, que ameritan ser afrontadas desde ya. A partir del Acuerdo, es indudable que Chile puede darse una nueva Constitución, nacida de la voluntad libre de toda la ciudadanía. Pero también es cierto que tan noble propósito puede alterarse por imprevisiones del procedimiento acordado.
En efecto, existe una alta posibilidad de que la nueva Constitución podría ser redactada simultáneamente con la próxima campaña y elección presidencial y parlamentaria. De modo que tendríamos un año 2021 completamente dedicado a una lucha electoral y a una redacción constitucional, con la consiguiente probabilidad de mezclar ambas dinámicas, tan importantes para la democracia, y tan diferentes en su ritmo y alcances.
Veamos. Según el cronograma establecido en el Acuerdo, si en el plebiscito de abril de 2020 la mayoría de los sufragios aprobara una nueva Constitución, los integrantes de la Convención Constitucional, mixta o no, designada para redactarla, serán electos conjuntamente con las elecciones regionales y comunales a celebrarse en octubre de 2020. En estos comicios, además, se elegirá, por primera vez en la historia, a los gobernadores regionales.
El Acuerdo no establece cuándo debe instalarse la Convención, aunque sí señala que tendrá un plazo de funcionamiento de nueve meses, prorrogable por una vez por tres meses. O sea, la Convención tendrá un plazo máximo de un año para redactar la Constitución a partir de fines de 2020 o principios de 2021, considerando que sus miembros ya estarán electos el último domingo de octubre. Sesenta días después de cumplido ese plazo, el texto redactado sería sometido a un plebiscito ratificatorio.
Por lo tanto, si la Convención Constitucional —Mixta o no— se instalara inmediatamente después de ser electos sus integrantes, o sea, en noviembre de 2020, el plebiscito ratificatorio de su texto se celebraría en enero de 2022.
Por su parte, las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias tendrán lugar el 21 de noviembre de 2021. En junio de ese año se celebrarán las elecciones primarias dentro de los partidos o de los bloques políticos, y antes de fines de agosto deben estar formalmente declaradas las candidaturas. Desde luego, las precandidaturas en todos los niveles ya habrán emergido informalmente desde principios de ese año, difundiendo públicamente sus postulados y programas. Además, no habiendo resultado candidato presidencial alguno con una mayoría absoluta de los sufragios, habría una segunda vuelta electoral el tercer domingo de diciembre de 2021.
¿Cómo pudo generarse tal eventual simultaneidad entre una campaña electoral y un ejercicio constituyente? Por cierto, es dable pensar que los negociadores del Acuerdo suscrito el pasado 15 de noviembre no hayan reparado en la simultaneidad de la fase sustantiva del proceso constituyente con la campaña y elección presidencial y parlamentaria. Y si lo hubiesen tenido en cuenta, quizás se estimó que la importancia de un acuerdo constituyente primaba sobre los efectos que un debate electoral presidencial pudiese ejercer sobre la serenidad y concentración de sus deliberaciones.
Es indudable que la atmósfera de apremio bajo la cual se negoció el Acuerdo esa madrugada de viernes en el antiguo Congreso no permitía ponderar otras consideraciones, ajenas a la premura del momento. Pero ya una vez adoptada la decisión y su derrotero, se hace necesario tomar los resguardos para que se verifique lo mejor posible.
Son resguardos institucionales, formales si se quiere, para trazar contornos claros entre la tarea constituyente y la actividad electoral. Pero tanto más importantes son los contornos culturales, determinados por los comportamientos sociales o cívicos con que se afronten estos procesos.
Si el pueblo de Chile aprueba en abril próximo que se redacte una nueva Constitución, debe asumir con gran seriedad cívica un año 2021 lleno de grandes decisiones para el futuro de Chile. Por una parte, elegir cuál será su Gobierno y su Parlamento para los siguientes cruciales cuatro años. Por otra parte, generar una Constitución para regir los destinos y la convivencia de esta nación por mucho tiempo, más allá de las generaciones y de las épocas. Ambas tareas parecidas, pero diferentes. Ambas tareas mezcladas inevitablemente, pero separables en su esencia y alcance. Una tarea tiene que ver con las preferencias respecto de los programas concretos frente a las demandas más coyunturales de la gente. La otra tarea debe remontarse para mirar más allá de la propia existencia y de las propias demandas, para incursionar en el horizonte histórico de la comunidad nacional. La “mirada larga” de la que habló un expresidente de Chile.
También el año 2021 será una prueba exigente para la mal denominada clase política. Para esas chilenas y esos chilenos que han optado por dedicar sus vidas y dones a la tarea pública, gobernando o legislando en nombre de la soberanía popular. Para esas personas, ese eventual año 2021 será una prueba crucial. De la madurez y dedicación con que enfrenten su devenir dependerá en gran parte el destino de Chile.denominada clase política. Para esas chilenas y esos chilenos que han optado por dedicar sus vidas y dones a la tarea pública, gobernando o legislando en nombre de la soberanía popular. Para esas personas, ese eventual año 2021 será una prueba crucial. De la madurez y dedicación con que enfrenten su devenir dependerá en gran parte el destino de Chile.
Mario Fernández Baeza
Profesor de Derecho Constitucional
Universidad de Chile


