Vida y aborto en la Constitución

Vida y aborto en la Constitución

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El pleno de la Convención Constitucional ha aprobado por más de dos tercios varios artículos sobre derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la vida: “Toda persona tiene derecho a la vida. Ninguna persona podrá ser condenada a muerte ni ejecutada”. Vemos que desaparece la regla actual de que “la ley protege la vida del que está por nacer”.

No contentos con ello, los convencionales aprobaron otra norma para consagrar los derechos sexuales y reproductivos. Se incluye en ellos “el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción”. No vemos cómo se puede garantizar la decisión libre sobre el placer o la anticoncepción.

Lo más inquietante viene en el párrafo siguiente: se dispone que el Estado garantiza el ejercicio de dichos derechos sin discriminación, con enfoque de género, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, “asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para… una interrupción voluntaria del embarazo…”. Se agrega que se “garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones”.

Ya es curioso que se hable de mujeres y personas con capacidad de gestar, aunque lo más grave es que se haya aprobado que el Estado debe asegurar la interrupción voluntaria del embarazo en cualquier momento y libre de interferencias de terceros, lo que denota que no se podrá oponer ni siquiera objeción de conciencia.

Se ha dicho que el aborto será limitado por la ley, pero, dado el tenor imperativo de la norma, no puede sino concluirse que estamos ante la consagración constitucional del aborto sin causales y durante todo el embarazo. Tendríamos la única Constitución en el mundo que desconoce tan radicalmente la vida humana prenatal.

Se trata de un precepto totalitario que contradice otras normas y principios aprobados en la misma sesión plenaria. Por ejemplo, que “los derechos fundamentales son universales, inalienables, indivisibles e interdependientes entre sí”, que Chile “es una República democrática, solidaria y paritaria que reconoce como valores… la igualdad sustantiva de los seres humanos”, y que el genocidio será imprescriptible y no amnistiable. ¿No son los niños y niñas en gestación seres humanos con igualdad sustantiva, derecho a la vida y a no ser exterminados por un genocidio in utero? Se habla mucho de la protección y derechos de los animales y de la naturaleza, pero ¿no es acaso el concebido al menos un ser sintiente que debe estar libre de tratos crueles? ¿Será el feto humano menos valioso que un animal?

El movimiento feminista ha hecho del aborto una falsa causa de emancipación de la mujer. Lo cierto es que el derecho a abortar no es más que una sibilina discriminación de una sociedad machista, porque deja sola a la madre y no la ayuda en su maternidad. Si ella decide tener el hijo, después se le dirá: ¿y por qué no abortaste? Durante un embarazo no deseado, la mujer será objeto de todo tipo de presiones para que elimine al hijo o hija que gesta. La sanción penal puede ser una defensa para que no incurra en esta conducta terrible y desgarradora que le causará un trauma que la acompañará de por vida, quiera o no reconocerlo.

Nadie recuerda que uno de los límites de la Convención es respetar los tratados vigentes. Aquí no se está respetando ni la Convención de Derechos del Niño, que dice que niño es todo ser humano menor de dieciocho años con un derecho intrínseco a la vida, ni la Convención Americana de Derechos Humanos, que dispone que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida” y que “este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”.

Si esta norma se mantiene —de hecho, ayer fue aprobada en particular—, muchas personas, incluidas mujeres que aprecian la vida de sus hijos en gestación —que son la inmensa mayoría, si bien silenciosa—, no podrán aprobar un texto constitucional como este porque se sentirán cómplices de los miles de minihomicidios y minifemicidios que se practicarán bajo su amparo. (El Meercurio)

Hernán Corral

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