SVS formula cargos contra todo el directorio de SQM

SVS formula cargos contra todo el directorio de SQM

Compartir

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) resolvió hacer pública la formulación de cargos en contra todo el directorio de la Sociedad Química y Minera (SQM S.A.) por «eventuales infracciones en la calificación de información esencial de la compañía para su difusión al mercado en los términos, forma y oportunidad que establece el marco legal y normativo vigente».

La Superintendencia formuló cargos en contra del presidente de la sociedad, Julio Ponce Lerou y los directores, Hernán Büchi Buc, Juan Antonio Guzmán Molinari, Wolf Von Appen Behrmann y Patricio Contesse Fica.

Según un comunicado difundido por la SVS, la formulación de cargos «está enmarcada dentro del proceso de investigación y recopilación de antecedentes efectuado por la SVS relativo a hechos que han sido de público conocimiento, que tienen que ver con el cuestionamiento respecto de pagos que no tendrían el respaldo necesario para ser considerados como gastos para la generación de renta, habiendo sido informados así por SQM entre los años 2009 y 2014».

Para la formulación de cargos en contra del directorio, según afirma el organismo, «se consideró la relevancia de la información que detentaba el directorio de la compañía sobre los cuestionamientos tributarios, frente a lo cual éste órgano de control societario no calificó ni informó con la oportunidad ni en la forma debida al mercado dicha información que podría ser entendida como esencial».

El documento agrega que «la eventual conducta de los directores de SQM sería reprochable en virtud de lo establecido en la letra A. del numeral 2.2. de la Sección II de la NCG N°30 y en los artículos 9° y 10° de la Ley 18.045, que disponen la obligación de proporcionar al mercado, de manera oportuna, veraz y fidedigna, y por la vía dispuesta al efecto, toda información que se considera importante para las decisiones de inversión».

«Los actos del directorio de SQM también pueden ser constitutivos de infracciones a los artículos 42 y 46 de la Ley de Sociedades Anónimas, toda vez que los directores de una sociedad anónima no pueden ocultar ni omitir información esencial a los accionistas», continúa.

Según detalló la Superintendencia, el proceso administrativo tiene carácter de reservado al igual que los oficios de cargos, «haciéndose público este antecedente sólo en caso de aplicarse una sanción». (La Tercera)

 

Dejar una respuesta