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Piñera firma proyecto que amplía Ley de Empleo y flexibiliza Seguro de Cesantía

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El Presidente Sebastián Piñera, junto a la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, firmaron este martes el proyecto de ley que flexibiliza los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía, incrementa temporalmente el monto del seguro y aumenta las prestaciones de la Ley de Protección del Empleo.

Lo anterior, para ampliar los beneficios de todos aquellos trabajadores que se encuentran suspendidos laboralemente en el marco de la crisis económica generada por el coronavirus. Punto que fue uno de los alcanzados en el acuerdo entre oposición y Gobierno para el Plan de Emergencia.

«Dada la evolución de la pandemia, que se está agravando en el mundo aún cuando en Chile tenemos pequeñas mejorías, se hace necesario mejorar y fortalecer esta red de protección social», dijo el Mandatario acompañado por la titular de Trabajo y del ministro de Hacienda, Ignacio Briones.

Así, destacó, el nuevo proyecto fortalece la actual Ley de Protección del Empleo y el Seguro de Cesantía a través de dos ejes: primero, aumenta su cobertura, permitiendo así beneficiar a más trabajadores; y mejora los beneficios.

«Este proyecto de ley flexibiliza muchas de las condiciones o requisitos para acceder al Seguro de Cesantía. Lo cual va a permitir a más trabajadores tener una compensación a través del seguro de cesantía durante el tiempo en que no tengan trabajo«, explicó Piñera.

«Pero también este proyecto de ley mejora los beneficios que la Ley de Protección del Empleo y el Seguro de Cesantía entregan a los trabajadores chilenos», agregó y detalló: «Normalmente el seguro compensa la pérdida de los ingresos de las personas que están desempleadas entregándoles le primer mes el equivalente al 70% del sueldo perdido y a partir de ahí tiene una evolución decreciente«.

«Este proyecto de ley fortalece y mejora esos beneficios manteniendo el 70% de compensación durante el primer mes, pero estableciendo un mínimo de 55% de compensación del salario perdido durante los primeros 4 meses de desempleo.

Además, si la pandemia lo hace necesario, esta ley permite aumentar el número de meses en que los trabajadores que están sin trabajo reciban una compensación», expuso el Presidente.

Asimismo, especificó, «pensando en los más vulnerables, esta ley establece un piso absoluto, un mínimo de $225 mil de pago a los trabajadores».

DETALLE DEL PROYECTO

De acuerdo a los detalles del proyecto firmado hoy por el Ejecutivo, las medidas de flexibilidad para acceder al Seguro de Cesantía, apuntan a permitir que personas desempleadas que disponen de recursos en su Cuenta Individual por Cesantía (CIC), pero no cumplen con los requisitos de cotizaciones, puedan acceder a las prestaciones del seguro.

Asimismo, tanto para acceder a las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual por Cesantía como con cargo al Fondo de Cesantía Solidario se rebajan los requisitos (tres cotizaciones continuas anteriores al término de contrato o a seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas en los últimos 12 meses), equiparándose a las exigencias vigentes para acceder a la Ley de Protección del Empleo.

La Ley de Protección del empleo, que beneficia a 4,5 millones de trabajadores afiliados al seguro de cesantía, ha permitido que más de 650 mil trabajadores hayan mantenido sus relaciones laborales a través de la suspensión de contrato, pese a la imposibilidad de acudir a sus puestos de trabajo; y que cerca de 40 mil trabajadores hayan podido pactar reducciones de jornada, atendida las circunstancias excepcionales que estamos viviendo.

Por otro lado, en cuanto al incremento de las prestaciones, se beneficiará tanto los que reciben prestaciones del Seguro de Cesantía, como quienes están acogidos a la Ley de Protección del Empleo (LPE), modificando la actual escala de porcentajes de los giros, a fin de frenar su disminución hasta después del cuarto y quinto pago.

De esta manera, quienes accedan a prestaciones del Seguro de Cesantía, con cargo a los Fondos de Cuentas Individuales, recibirán el primer mes el equivalente al 70% de su remuneración imponible, pero – a partir del segundo mes-, recibirán un 55% que se mantendrá fijo hasta el quinto mes.

A partir del sexto mes, recibirían el 50%, pudiendo ser elevado hasta 55% por decreto de los Ministerios de Hacienda y Trabajo, si se estima pertinente (actualmente los pagos de la cuenta individual son de 55%, 45%, 40%, 35% y 30% desde el segundo mes en adelante).

En tanto, para el caso de prestaciones con cargo al Fondos de Cesantía Solidario (FCS), los trabajadores con contrato indefinido, seguirán recibiendo prestaciones con la misma escala, esto es, el primer pago equivalente al 70% y luego 55% hasta el cuarto mes. Y en contratos a plazo fijo, los trabajadores recibirán un pago equivalente al 55% de sus remuneraciones entre el primer al cuarto mes.

En ambos casos, en el quinto mes recibirán el 45% de su remuneración, pudiendo incrementarse hasta un 55% por decreto de los Ministerios de Hacienda y Trabajo.

Asimismo, el proyecto establece la extensión de pagos para un sexto y séptimo giro con cargo al FCS, para los trabajadores con suspensión de contrato bajo la Ley de Protección del Empleo. En este caso el monto del giro según la ley vigente es de 30%, pudiendo subir hasta el 45%, por decreto de los Ministerios de Hacienda y Trabajo. (Emol)

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