Pena de cárcel para delitos económicos

Pena de cárcel para delitos económicos

Compartir

El gobierno ha planteado un cambio que implica el incremento de las penas para delitos económicos, en particular los relacionados con la colusión. Al respecto, hay que recordar que durante el segundo gobierno de la Presidenta Bachelet se reestableció la pena de cárcel de entre 3 años y un día a 10 años para los que incurran en ese delito, agregando la obligatoriedad de que exista al menos un año de prisión efectiva; la norma había sido derogada durante la administración Lagos.

Este último elemento, observable también en la Ley Emilia y de Control de Armas, ha generado un problema relevante, ya que el año de prisión efectiva se aplica antes de que el condenado pueda usar las atenuantes como irreprochable conducta anterior o tratar, con celo, de reparar el daño causado, mientras que en todos los demás delitos, como secuestro, sí pueden ser utilizados de manera previa a la determinación de la condena final.

Esto ha motivado que muchos condenados por Ley Emilia hayan acudido al Tribunal Constitucional reclamando esta discriminación, lo que ha sido fallado sistemáticamente a favor del demandante. Es muy probable que al ser condenada la primera persona bajo la nueva Ley Antimonopolio acuda también al Tribunal Constitucional y obtenga la posibilidad de utilizar las atenuantes antes de que sea determinada la sentencia final. Así, creo que ese aspecto debe ser corregido, mientras que la sentencia máxima, 10 años, está en línea con lo observado en otros países, debiéndose tener el cuidado de que no sea mayor esta penalidad que la de matar o secuestrar una persona.

Diferente es la situación de otros delitos económicos, tales como las estafas piramidales o quiebras fraudulentas. En el caso de las primeras, es posible ver la referencia de los 150 años a los cuales está condenado Bernard Madoff por una estafa piramidal que implicó una perdida de US$50 mil millones a sus inversionistas. Aunque el récord lo sigue manteniendo Sholam Weis, condenado a 845 años por lavado de activos, fraude y conspiración para hacer quebrar a la aseguradora National Heritage Life con la consiguiente pérdida de los ahorros de más de 2.500 trabajadores.

Por último, después de la caída de la empresa Enron, la Comisión de Mercado de Valores de los Estados Unidos presentó documentos que ponían de manifiesto un gran fraude contable realizado por la empresa WorldCom. Luego de muchas investigaciones, se logró descifrar el fraude, una pérdida para sus accionistas en más de 180.000 millones de dólares, una mala cuenta de gastos por más de 4 mil millones de dólares y una cuenta irregular por más de 3 mil millones de dólares.

Para WorldCom significó el anuncio en bancarrota en el 2002 y el despido de más de 17 mil personas. Bernard Ebbers, director ejecutivo, fue enjuiciado y condenado a 25 años en prisión por el fraude. Además, la compañía auditora Andersen fue cerrada y sus principales ejecutivos fueron enjuiciados en Estados Unidos por fraude y colaboración en el mal uso de la información contable.

No es difícil recordar casos similares que hayan ocurrido en nuestro país, en donde las penas finales han sido sustancialmente inferiores y para ello basta recordar, entre otros, al caso Inverlink, que hizo tambalear a nuestro sistema de pagos y precipitó la caída del presidente del Consejo del Banco Central. Pues bien, Eduardo Monasterio, presidente de Inverlink, cumplió un año de prisión preventiva y posteriormente fue condenado a sólo 541 días de pena remitida.

Tomás Flores/El Líbero

Dejar una respuesta