Luz verde a las expropiaciones

Luz verde a las expropiaciones

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La aprobación del artículo sobre el derecho a las tierras y territorios de los pueblos indígenas tendrá repercusiones muy peligrosas para Chile. Pese a que para los pueblos indígenas esta es una sentida reivindicación, hay aspectos que frustrarán las pretensiones de unos y lesionarán los derechos de otros.

La norma propuesta será aplicable a todos los pueblos originarios que reconozca la futura Constitución, en consecuencia, los mecanismos que se describen poseen un amplio alcance cuyas consecuencias resultan complejas de determinar por su carácter multidimensional.

Las propuestas constitucionales se han convertido en un colorido abanico de promesas sobre los derechos sociales y, para el caso de los pueblos indígenas, en un nutrido catálogo de derechos que responde incluso más allá de lo pretendido. Esto se puede interpretar con optimismo, o bien, con sentido de realidad en el que tales prerrogativas podrían constituir una quimera cuya materialización no trascendería lo decorativo, ya que, para hacerlas realidad, no solo se requiere voluntarismo, sino que una abultada billetera fiscal.

En un Estado social de derechos, como el que se pretende establecer, será responsabilidad de éste responder a las reivindicaciones indígenas a través de diversos mecanismos, entre los que destaca la expropiación.

Frente a un mecanismo burocrático como lo es el que contempla la ley indígena, las 926 comunidades que actualmente han obtenido la resolución de aplicabilidad, darán preferencia al mecanismo de expropiación y, se producirá una fuerte presión para la pronta adquisición de predios. De igual manera, la ocupación ilegal de inmuebles sufrirá un incremento exponencial ya que es una vía fáctica y política que pondría presión a la decisión del Estado.

Hay que considerar también que las empresas forestales serán objeto de múltiples ocupaciones y reclamaciones, ya que han sido el principal foco de conflicto de los grupos extremos, con los consiguientes efectos económicos y sociales. No cabe duda de que las primeras solicitudes de expropiación recaerán sobre dichos inmuebles.

De acuerdo al Tratado de Tapihue, la reivindicación por el territorio mapuche se inicia desde el río Biobío al sur, por lo que el erario nacional no resistirá la magnitud de la reivindicación. En la práctica, la norma constitucional tendrá un carácter meramente decorativo sin posibilidad de convertirse realidad. De igual manera, las personas que sean objeto de ocupaciones o usurpaciones verán lesionados sus derechos de propiedad, sin poder obtener una reparación por el daño causado, ni un pago por el justo precio que importa la expropiación.

Estos son los ingredientes perfectos para la convulsión social y el enfrentamiento. El espíritu revanchista y la tinta ideológica deben ser desterrados del debate constitucional, sin embargo, lamentablemente estos ya forman parte del borrador de la carta fundamental. (La Tercera)

Richard Caifal P.

Abogado y director ejecutivo de Centro de Políticas Indígenas Rakizuam

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