Lo fraterno no quita lo seguro

Lo fraterno no quita lo seguro

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Reconozco al Estado la prerrogativa de ejercer un control de las fronteras. Soy partidario, además, de una migración segura, ordenada y regular. Y si bien valoro los esfuerzos por regularizar la situación de los indocumentados, he sido muy crítico de los decretos discriminatorios dirigidos contra la inmigración haitiana, la criminalización de los inmigrantes, de las expulsiones como acciones comunicacionales y del retiro chileno, mal justificado y a última hora, del Pacto de Marrakech.

El objeto de esta columna, en todo caso, no es abundar en la crítica. Queriendo contribuir a nuestras discusiones, traigo hoy a colación una muy reciente y significativa jurisprudencia francesa sobre el tema del control migratorio.

A principios de 2018, un tribunal de la Provenza encausó a Cédric Herrou por ayudar a inmigrantes irregulares provenientes de Sudán que, huyendo de la guerra civil de su país, ingresaron a Francia a través de la frontera alpina con Italia. Por hacerlo, y de acuerdo a una ley de 2012, Herrou arriesgaba pena de cárcel de hasta cinco años y multa de hasta 30.000 euros. La misma ley, en todo caso, exceptuaba de castigo a quienes, sin obtener retribución por ello, y por causales humanitarias que se indican taxativamente, ayudaren a un inmigrante irregular a residir en un lugar de Francia. No hay eximente por ayudar a moverse dentro del país (que es lo que Herrou hizo).

El caso llegó al Consejo Constitucional galo. En julio de 2018, el Consejo declaró inconstitucional la norma que circunscribía la excepción humanitaria a un listado exhaustivo. Considerando la célebre tríada de “Libertad, igualdad y fraternidad”, el Consejo decidió, por primera vez, darle eficacia jurídica a la “fraternidad” (que incluiría “la libertad para ayudar a otros por razones humanitarias, independientemente si la persona a la que se auxilia reside legalmente o no en suelo francés”).

El fallo del Consejo no niega la potestad del Estado para impedir el ingreso ilegal al país y para sancionar a quienes lucren con la necesidad de los inmigrantes. Exige, sí, que esas regulaciones tomen en cuenta tanto los derechos básicos de los migrantes como el valor central de la solidaridad. La decisión de proyectar el concepto de “fraternidad” desde el terreno de la política al campo del derecho podría tener interesantes consecuencias en otros ámbitos del derecho constitucional.

No se trata, por supuesto, de importar mecánicamente la doctrina francesa. Creo, sin embargo, que la reivindicación de la “fraternidad” podría ayudar al debate en el Senado sobre el proyecto de ley sobre Migración y Extranjería. También podría servirle al gobierno en momentos en que anuncia una mayor fiscalización para expulsar administrativamente a quienes no tengan la documentación que corresponde. (La Tercera)

Patricio Zapata

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