El lunes 28 de noviembre concurrí junto al Rector de la Universidad de Chile y Presidente del CUECH, DR. Ennio Vivaldi, a un punto de prensa en el Congreso; eran momentos previos antes de que se votara la reposición de la gratuidad y del programa 29 de la Partida de Educación Superior en la Ley de Presupuesto 2017.
El ambiente con la Prensa fue tenso, dado que el rector Vivaldi quería reafirmar la tesis académica de la relevancia de las universidades estatales, así como el deber del Estado de sustentarlas; sin embargo, lejos de escuchar sus palabras, se insistía en preguntar respecto de qué sucedería y qué harían las universidades estatales si se rechazaba la gratuidad en la votación que se realizaría minutos más tarde.
En tal contexto, la Prensa consultó mi opinión al respecto y manifesté que me parecía un mal procedimiento por parte de la Derecha de promover el rechazo en el Senado, para forzar una comisión mixta y así imponer nuevas condiciones. Ciertamente, esto obligaría al Gobierno a negociar y, tal como precisé, lo que más me molestaba, era que dicho rechazo se lograría con el apoyo de senadores de la Nueva Mayoría, quienes dicen haber jurado lealtad con los ideales de centro izquierda e izquierda; que se han comprometido con los principios del Estado, y, en consecuencia, con la educación pública y el fortalecimiento de ésta; y, de igual forma, con el programa de gobierno de la Presidenta Bachelet. En este sentido no vale la pena referirse a los métodos de la Derecha, pero sí poner de relieve la falta de coherencia de estos parlamentarios.
Ahora bien, respecto a algunos rectores del G9, manifesté que cada uno de ellos, así como los de las universidades estatales, tenemos el derecho y el deber de realizar toda gestión necesaria que comporte beneficios para cada una de nuestras instituciones. En esta línea, lo que a mi juicio es incorrecto e inaceptable, es que parlamentarios comprometidos con un ideal de Estado, con un claro sentido social, como lo he señalado anteriormente, aparezcan como adalides de universidades privadas, provocando una negociación que, incluso, este año los perjudicó. Debo dejar en claro que no soy enemigo de los planteles privados, de hecho, vale la pena mencionar que en años anteriores participé personalmente en negociaciones de esta índole, y en las cuales terminamos distribuyendo de manera equitativa los recursos. Aún más, creo en un sistema mixto de educación superior, pero donde el Estado cumpla su rol de dueño y sostenedor de sus instituciones, tal y como ocurre en países líderes en materia de educación.
La Carta Magna es clara
En este contexto, se hace necesario puntualizar la discusión de fondo en términos de educación pública. Nuestra Constitución es clara y basta con revisar el Artículo 7º que señala: Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley. Es por ello, que los Rectores de las Universidades del Estado de Chile requieren de un Decreto Supremo de nombramiento, actuando en el marco de las atribuciones expresamente conferidas por el ordenamiento jurídico. Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.
Las universidades privadas no son órganos del Estado, se rigen por el derecho privado y, por ende, no están afectas estrictamente a esta disposición constitucional, como si lo están las Universidades del estado de Chile.
El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los diputados y senadores, y las demás autoridades y funcionarios, entre ellos los Rectores de Universidades del Estado de Chile, que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública.
Dicha ley determinará los casos y las condiciones en que esas autoridades delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés (Ley de Lobby) en el ejercicio de su función pública. Aún más, en la legislación internacional se reconoce como educación pública a aquella que es entregada por los organismos del Estado, escuelas estatales, universidades del Estado.
Así, pues, las Universidades públicas son aquellas reconocidas como instituciones del Estado y nada tiene que ver esta condición con el beneficio público que una u otra entidad pueda generar. Bajo este prisma, es que los rectores de las Universidades públicas (Organismos del Estado), exigimos a nuestro propietario, el Estado de Chile, que aporte los recursos necesarios para nuestro funcionamiento. En ningún momento hemos solicitado que se quiten recursos a otras instituciones, sino que realmente los gobiernos de turno entiendan que como instituciones del aparato estatal, no pueden/podemos funcionar a merced de un mercado si no se injectan los recursos para ello. Basta con ver los informes financieros después de este primer año de gratuidad, para darse cuenta que lo que planteamos es una realidad absurda que se da sólo en Chile.
No obstante lo anterior, creo personalmente que ambas visiones son viables y tienen cabida, en particular cuando son infinitamente más las cosas que nos unen como instituciones del CRUCH en pro de nuestras comunidades y de la educación superior del país.
Y, para finalizar, si en medio del fragor de las discusiones de estos últimos días alguien pudiere haberse sentido ofendido con mis apreciaciones, pido las disculpas públicas de rigor. (El Mostrador)
Juan Manuel Zolezzi