El sufrimiento y la verdad no prescriben

El sufrimiento y la verdad no prescriben

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Como si fuera un monstruo ficticio que debía desaparecer si se lo nombraba, del abuso sexual infantil no se habló durante mucho tiempo. Su presencia, sin embargo, se ha ido imponiendo en la sociedad como un problema real del que hay que hacerse cargo. De hecho, el 30% de la población de la RM contestó en una encuesta realizada por Fundación Para la Confianza que había sido víctima de algún tipo de vulneración sexual antes de cumplir los 18 años. A pesar de esto, el 5% acudió a la justicia para denunciar. Y solo el 7% de quienes sufrieron algún tipo de vulneración tuvo acceso a atención especializada.

Considerando lo anterior, la prescripción del abuso sexual infantil no ha funcionado como una garantía procesal de juicio justo, sino como mecanismo de impunidad y reproducción del abuso. La prescripción es un dogma que hemos comenzado a cuestionar gracias a la evidencia científica. El daño por abuso muchas veces es permanente, y entre las mismas consecuencias está el silencio. Por eso, decimos que las víctimas de abuso sexual no deciden guardar silencio, sino que son silenciadas por el trauma, por el agresor o agresora y por el contexto; por la vergüenza, el miedo, la culpa, la confusión. El silencio actúa como garantía de impunidad durante años, generalmente durante toda la vida o hasta un momento en el que la persecución ha prescrito. El sufrimiento, el daño, la verdad no prescriben.

La retroactividad de la eliminación de la prescripción no toca las garantías pro reo, puesto que no aumenta las penas ni crea nuevos delitos. Solo interviene la impunidad. Más aún, el interés superior del niño/a, como principio jurídico constitucional, debiera prevalecer ante los cuestionamientos que algunos han planteado respecto de la retroactividad de la eliminación de la prescripción, o, por ejemplo, también del registro de personas inhabilitadas para trabajar con menores de edad.

Que se amplíe el tiempo para que todos los condenados/as por abuso sexual infantil estén en el registro de inhabilitados es una medida de prevención de abuso, un derecho de los niños, niñas y adolescentes que son vulnerables ante el abuso. Su derecho es nuestra obligación como sociedad. Este enfoque es el que se requiere para construir una cultura que prevenga el abuso. Y un enfoque así requiere de una ley que garantice de manera efectiva los derechos de la niñez; que además de condenar las vulneraciones a los niños y niñas fortalezca las instancias de prevención, promoción y protección, no solo judicial sino también social, local y administrativa. Esa ley, que hoy se discute en el Congreso, debe ser fortalecida para que cumpla su objetivo y no termine neutralizando la necesidad de contar con un sistema de protección integral, en lugar de responder de manera efectiva. (La Tercera)

José Andrés Murillo, Fundación para la Confianza

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