El sentido del plebiscito

El sentido del plebiscito

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Agosto invita a pensar en la Constitución. Su texto primitivo fue publicado el 12 de agosto de 1980, convocando a un plebiscito ratificatorio. Desde entonces ha experimentado un largo historial de reformas: hasta 2019, distintas legislaturas han aplicado algo de 29 cambios de distinto rango. Aparte de esas, hay que destacar dos, por la magnitud de las modificaciones y el grado de licitud que se alcanzó en torno a ellas, al ser consensuadas entre los principales actores políticos. Una fue la reforma de 1989, cuyo texto fue publicado el 17 de agosto, luego de un acuerdo entre el Gobierno, la Concertación y partidos de derecha. Quince años después, el 26 de agosto de 2005, se resolvió otro paquete de reformas, concordadas luego de una extensa discusión parlamentaria. Si la anterior se calificó como “las reformas de la transición”, con esta, se afirmó, concluía la llamada “democracia protegida”, al eliminarse los “enclaves autoritarios” que contenía la Carta de 1980. Incluso, para muchos representó el cierre de la transición a la democracia… “Tenemos por fin una Constitución democrática”.

Fue apreciada por más de un especialista en derecho constitucional y, en general, como una reforma al modelo político, al menos un avance convincente en este sentido, pero no todos han estado de acuerdo con esa valoración. Avanzando los años, figuras de todo el espectro político han señalado la necesidad de una nueva Constitución, académicos han debatido latamente sobre el tema y la expresidenta Bachelet promovió la elaboración de un proyecto. En fin, el 15 de noviembre recién pasado, por acuerdo parlamentario, se estableció el itinerario para que la ciudadanía se pronuncie plebiscitariamente si prefiere una nueva Carta Fundamental o mantener la existente desde 2005, actualizada con nuevas reformas, y por el organismo que debiera elaborarla.

No obstante, hasta el presente los argumentos esgrimidos se han referido a aspectos generales y circulado a través de medios, en forma y espacios de impacto social reducido, en circunstancias que el proceso de legitimación que se iniciará en octubre requiere que cada ciudadano manifieste su decisión informadamente, que comprenda lo mejor posible qué significará, en términos concretos para la vida de los chilenos, renovar la Constitución o bien, mantener la actual. La inquietud se funda en que el tema constitucional, amén de denso y abstracto, es difícil de abordar; basta preguntar al ciudadano corriente, mayor de 18 años, cuánto conoce de la Constitución vigente o cuánto sobre los eventuales contenidos de una nueva. Porque sufragar por apoyo o rechazo sin más, irreflexivamente, le resta sentido a la consulta.

Parece razonable que personas idóneas expongan en la “franja” y a través de medios masivos, de manera simple, pero honesta y completa, los ejes fundamentales que diferencian en el fondo una opción constitucional de otra. En esta instancia, conocer el proyecto de la expresidenta sería pertinente, por ejemplo. De esta forma, el resultado representaría una decisión más o mejor asimilada. (El Mercurio)

Álvaro Góngora

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