¿Dos veces 2/3?

¿Dos veces 2/3?

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En los últimos días se ha abierto un debate sobre el significado y alcance de la regla de los 2/3 que requiere la aprobación de las normas que se incluirán en una nueva Constitución.

La regla aprobada en el acuerdo de noviembre de 2019, que ahora está incluida en el artículo 133 de la Constitución, dice textualmente: “La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio”. Algunos sectores ahora pretenden que el reglamento exija, además de los dos tercios necesarios para la aprobación de cada artículo del nuevo texto constitucional, una segunda votación, también con quórum de dos tercios, para aprobar el texto completo, antes de ser sometido al veredicto ciudadano en el plebiscito de salida que será con voto obligatorio.

Como integrantes de la iniciativa Independientes no Neutrales, surgida desde la sociedad civil, comprometida con una nueva Constitución nacida en democracia y plenamente inclusiva, entendemos que el quórum de dos tercios, aunque alto, es aceptable para un proceso que busca lograr acuerdos macizos. Si una mayoría amplia apoya esos acuerdos, se fortalecerá y profundizará nuestra convivencia futura, sobre una base de principios y reglas compartidas y legitimadas.

Sin embargo, y bajo el mismo principio, nos parece improcedente agregar una votación adicional al texto final acordado. La propuesta proveniente de algunos sectores tiene el efecto de que una minoría de convencionales que sume un tercio más un voto pueda bloquear el proceso completo si no le gusta el resultado acordado y mantener vigente la actual Constitución. La propuesta de la doble votación pone en riesgo justo esa legitimidad, pues deja en manos de un sector minoritario de convencionales constituyentes la posibilidad de vetar el texto, aun cuando cada una de sus normas ya hubiera sido aprobada por dos tercios de la Convención.

La fórmula propuesta por estos sectores impone la negociación bajo la amenaza del veto de una minoría, tal como ha ocurrido en los últimos 30 años en todos los intentos de reforma constitucional. Pero ahora la situación sería más grave, porque para reformar la Constitución actual, solo algunas normas requieren del quórum de dos tercios, mientras la mayoría requiere de un quórum más bajo. En cambio, en el proceso constituyente, si se aceptara esta propuesta, no serían algunas, sino todas las normas las que se someterían al exigente quórum de los dos tercios.

Se trata, además, de una propuesta que desincentiva los esfuerzos para llegar a acuerdos en cada uno de los importantes temas que será necesario discutir en la Convención. Sin esa votación final del texto completo, todos los sectores van a tener el incentivo de llegar a acuerdos para que los temas que crean que necesariamente deben tener protección constitucional queden en el texto y no entregados al proceso legislativo. En cambio, si se acogiera la propuesta de agregar una votación adicional final de todo el texto por dos tercios, al sector que quiere mantener la Constitución actual se le estaría entregando una última carta: votar en contra de toda la Constitución y de esta forma desatender el mandato ciudadano de redactar una nueva carta.

Compartimos la preocupación por que el texto completo de la nueva Constitución sea coherente; sin embargo, creemos que hay formas más democráticas de lograr este objetivo. En el reglamento es posible y necesario aprobar normas de funcionamiento de la Convención que fomenten una deliberación seria y responsable. Por ejemplo, podrían someterse al voto de dos tercios de la Convención los distintos capítulos o los temas que previamente se haya decidido por la Convención que requieren un análisis en conjunto (imaginemos el capítulo sobre Poder Judicial o el capítulo sobre órganos constitucionales autónomos). Asimismo, puede entregarse a la Secretaría Técnica que asesorará a la Convención, el mandato de hacer ver si existen inconsistencias en el texto que deban corregirse.

La propuesta de una segunda votación final dentro de la Convención nos parece inconducente. Que sea la ciudadanía la que en el plebiscito de salida se pronuncie democráticamente si acepta o rechaza la propuesta íntegra de la nueva Constitución, después de que cada una de sus normas individuales haya sido aprobada por nada menos que dos terceras partes de sus representantes en la Convención, da garantías más que suficientes de que la nueva Carta Fundamental reflejará acuerdos transversales.

Eduardo Engel
Benito Baranda
Leonardo Moreno
Verónica Undurraga
María Jaraquemada
M. Isabel Hamilton

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