El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por el secuestro y homicidio calificado de Marta Ugarte Román, cuyo cuerpo apareció en la playa La Ballena, sector de Los Molles, el 12 de septiembre de 1976.
El cadáver de la profesora militante del Partido Comunista fue lanzado al mar desde una aeronave y apareció en la playa de Los Molles a 182 kilómetros de Santiago. Había sido detenida y confinada en Villa Grimaldi, donde murió víctima de las torturas a las que fue sometida por personal de la DINA. Tenía 42 años.
En la resolución judicial el ministro Vázquez dictó condena en contra de los siguientes 28 agentes de Estado por su responsabilidad en los delitos perpetrados entre agosto y septiembre de 1976:
–Carlos José López Tapia: 12 años de presidio; Ricardo Víctor Lawrence Mires: 12 años de presidio; Heriberto del Carmen Acevedo y Claudio Enrique Pacheco Fernández: 10 años y un día de presidio; Emilio Hernán Troncoso Vivallos: 5 años y un día de presidio; Carlos Gregorio Evaristo Mardones Díaz: 8 años de presidio; Antonio Palomo Contreras y Luis Felipe Polanco Gallardo: 5 años de presidio; Pedro Octavio Espinoza Bravo: 4 años de presidio; Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez, Pedro Mora Villanueva, José Alfonso Ojeda Obando, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Víctor Manuel Álvarez Droguett, José Mario Friz Esparza, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Eduardo Patricio Cabezas Mardones, Jorge Iván Díaz Radulovich, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Orlando Jesús Torrejón Gatica,Carlos Enrique Miranda Mesa y Carlos Eusebio López Inostroza: un año de presidio; José Javier Soto Torres, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Roberto Hernán Rodríguez Manquel,Leónidas Emiliano Méndez Moreno y José Domingo Seco Alarcón: 61 días de prisión.
En tanto, los agentes Jorge Segundo Madariaga Acevedo, José Nelson Fuentealba Saldías, Hugo Hernán Clavería Leiva, Raúl Alberto Soto Pérez y Juan Carlos Escobar Valenzuela fueron absueltos por falta de participación en los hechos.
En el aspecto civil, el fallo condena al Estado de Chile a pagar una indemnización, por concepto de daño moral, de $100.000.000 (cien millones de pesos) a Hilda y Berta Ugarte Román, hermanas de la víctima. (El Mostrador)


