Confirman condena contra 11 ex agentes Dina por homicidios en Villa Grimaldi

Confirman condena contra 11 ex agentes Dina por homicidios en Villa Grimaldi

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En un fallo unánime, la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a 11 ex agentes de la Dina por el secuestro de 19 personas y un homicidio calificado al interior del centro de detención ilegal, Villa Grimaldi, en Peñalolén.

Según indica el fallo, se ratificaron las condenas efectivas por los secuestros calificados de Guillermo Roberto Beausire Alonso, Alan Roberto Bruce Catalán, Jaime Enrique Vásquez Sáenz, Manuel Antonio Carreño Navarro, Iván Carreño Aguilar, María Teresa Eltit Contreras, María Isabel Joui Petersen, Jacqueline Paulette Drouilly Yurich, Juan René Molina Mogollones, René Roberto Acuña Reyes, Carlos Alberto Carrasco Matus, Hugo Daniel Ríos Videla, Agustín Alamiro Martínez Meza, Juan Rodrigo Mac-Leod Treuer, María Julieta Ramírez Gallegos, Luis Jaime Palominos Rojas, Marta Silvia Adela Neira Muñoz, César Arturo Emiliano Negrete Peña, Alejandro Juan Ávalos Davidson; y por el homicidio de Humberto Juan Carlos Menenteau Aceituno.

De esta forma, la Corte condenó a Pedro Espinoza Bravo, a 20 años de presidio por su responsabilidad en el homicidio calificado y 20 años por los secuestros; a Rolf Wenderoth Pozo, a 15 años por su responsabilidad como cómplice en el homicidio calificado y 20 años por secuestros; a Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García y a Ricardo Lawrence Mires, a 20 años por secuestros; a Basclay Zapata Reyes, Manuel Carevic Cubillos, Raúl Iturriaga Neumann y César Manríquez Bravo, a 15 años y un día por secuestros; y a Orlando Manzo Durán, a 10 años y un día de presidio por un secuestro.

Además, en el aspecto civil se confirmó que el Estado deberá pagar una indemnización que en total alcanza los $1.850 millones a los familiares de los demandantes.

En tanto, el tribunal señaló que «en los casos de los agentes Manuel Contreras Sepúlveda y Marcelo Moren Brito, se dispone que los antecedentes vuelvan al ministro de primera instancia, Leopoldo Llanos, para que dicte su sobreseimiento por fallecimiento».

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