CC: Principio Pro Persona une a Vamos por Chile y Pueblo Constituyente

CC: Principio Pro Persona une a Vamos por Chile y Pueblo Constituyente

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89 votos en contra, 51 a favor y dos abstenciones. Ese fue el resultado de la votación de la indicación 30, presentada por Independientes Nueva Constitución, el Frente Amplio, el Colectivo Socialista y el Colectivo del Apruebo. El pleno de la Convención rechazó esa indicación que buscaba suprimir el principio de la interpretación pro persona del reglamento de la Convención Constituyente pues consideran que, en el caso de Chile, esta norma ha tenido la consecuencia de limitar la capacidad regulatoria del Estado.

El rechazo de esa indicación fue calificada como “rara” y “extraña” por parte de sus autores, ya que si se va al detalle de la votación, se puede ver que grupos totalmente opuestos en términos ideológicos la respaldaron: tanto los constituyentes de Vamos por Chile como de Pueblo Constituyente (ex Lista del Pueblo) dieron sus votos para el rechazo.

Pero ¿a qué alude el principio pro persona o pro homine? Es un criterio interpretativo, usado jurídicamente, sobre cómo se debe aplicar una norma y que apunta a que siempre ésta debe ser la más favorable para la persona.

La académica de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, Verónica Undurraga, lo explica así: “Este es un principio de interpretación que proviene del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y existe precisamente para proteger a las personas de las violaciones de derechos humanos que son responsabilidad de los estados”.

El convencional Fernando Atria (Frente Amplio), uno de los que defendieron la aprobación de la indicación 30 que suprimía el principio, sostiene que, a su juicio, nadie podría oponerse a la inclusión de este principio en lo abstracto. Sin embargo, afirma que la aplicación concreta que se le ha dado en Chile, en particular en los últimos 30 años, es cuestionable.

Durante su intervención en el pleno en la tarde de ayer, antes de que se votara por la indicación, Atria explicó que los principios tienen valor en relación con lo que permiten en la práctica. En el caso de Chile, el convencional plantea que el principio pro persona ha servido para imponer una cultura de protección de garantías económicas y de limitación del poder regulatorio del Estado“Ha significado proteger a empresas de cambios regulatorios, a personas de altos ingresos de alzas de impuestos o negar la posibilidad de sancionar administrativamente prácticas abusivas”, sostuvo en su intervención de ayer.

INTERPRETACIONES PARA UNA VOTACIÓN «EXTRAÑA»

Solo minutos después de la votación por la indicación 30, el convencional Christian Viera (Lista del Apruebo) escribió en sus redes sociales: “Se acaba de aprobar el principio pro homine, un principio conservador que ha inhibido propuestas transformadoras (…). Curiosamente, el principio se utilizó para ampliar la protección de la libre iniciativa económica”. El convencional explica que el principio es “loable en sus intenciones”, pues provoca en sus efectos una interpretación regresiva en los derechos fundamentales. Sin embargo, advierte que el riesgo es no mirar el problema de fondo, que es “la concepción radicalmente individualista en la interpretación de este derecho”.

En ese sentido, Undurraga explica que, cuando se usa el principio pro persona en derecho constitucional, es para resolver casos en que se alega vulneración de derechos constitucionales. Por esa razón, existe el riesgo de que “se interprete el principio pro persona como que frente a litigios que se dice que el Estado, por ejemplo, al dictar una legislación, está vulnerando el derecho de determinadas personas, a las que debiera dárseles prioridad al interés de ese individuo frente al interés que está persiguiendo el Estado con una determinada legislación, por ejemplo”.

En el caso de la derecha, Atria sostiene que tiene sentido que se haya defendido la conservación del principio, pues, según considera, históricamente lo han apoyado. Sin embargo, el convencional explica que en la izquierda, ocurre algo “extraño”. “(Ellos) asumen que el principio en Chile significa lo mismo que significa en otros contextos, en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. No se hacen cargo del hecho de que los principios tienen significado en situaciones concretas”, dice Atria.

Algo similar comenta Undurraga, pues si bien el principio busca un bien común según lo que se establece en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, dice que en Chile la interpretación y la forma en la que se usa la pro persona en las últimas décadas ha sido “bien individualista, porque en el fondo tiende a favorecer el interés de los individuos sin mirar que a veces hay políticas del Estado que producirían el bien a mucha gente, que favorecerían a muchas personas. Pero frente a la posición del Estado, si un individuo particular dice que le están afectando sus derechos ya sean de libertad económica, propiedad o libertad religiosa, ahí dicen ‘bueno, hay que priorizar al individuo frente al Estado’”.

Pese a la advertencia que se hizo en el pleno, la indicación fue rechazada de forma transversal. Frente a las críticas que convencionales como Atria han hecho al rechazo de la indicación 30, la convencional Rosa Catrileo (Pueblo Mapuche), quien fue una de las 89 que votaron en contra de ella, considera que los cuestionamientos no corresponden: “Hay un temor cuando nosotros hablamos de seguir los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Se cuestiona que nosotros estemos mirando cómo los derechos humanos han ido evolucionando en el ámbito internacional”, comentó.

MALA JUGADA

Aunque votó en contra de la indicación, Catrileo dice ser consciente de la interpretación que se le ha dado al principio en el caso chileno. Por lo mismo, ella, como parte de los escaños reservados, junto a convencionales de Pueblo Constituyente, Movimientos Sociales Constituyentes y Chile Digno, presentaron la indicación 31, la que proponía sustituir, y no suprimir, el principio pro persona. “En ningún caso queremos que la interpretación sea como se ha dado en el país. Nosotros estamos pensando en los estándares internacionales, como la Corte Interamericana ha interpretado este principio, que busca limitar la afectación de los derechos fundamentales respecto de las personas”, explicó.

En esta misma línea, el convencional Daniel Bravo (Pueblo Constituyente), quien también votó en contra de la indicación 30 y a favor de la 31, asegura que entiende que la propuesta de supresión del principio pro persona respondía a su aplicación concreta en Chile. Sin embargo, respalda su inclusión como principio en el reglamento, debido a que en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos tiene “un sentido progresista”. “Esas dos miradas estaban en juego en la votación, resignificando el sentido del principio pro persona. En la línea del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, no sería negativo su no supresión”, afirmó Bravo.

La indicación 31 pretendía establecer que el principio “constituye un criterio fundamental que impone la naturaleza misma de los derechos humanos. En virtud de él se reconoce la obligación de interpretar extensivamente las normas que los consagran o amplían y restrictivamente las normas que limitan y restringen tales derechos”. “No eran cambios tan de fondo los que proponíamos, sino que eran de forma, para que pudiera quedar más claro para la ciudadanía (…). Los que tenemos formación jurídica, lo entendemos plenamente, pero es muy técnico, entonces queríamos dejarlo de más fácil comprensión”, explica Catrileo.

Sin embargo, la indicación presentada por ellos también fue rechazada, por 76 votos en contra, incluidos los de Atria y Viera. Catrileo atribuye justamente al Frente Amplio que la indicación 31 también haya sido rechazada, pues “ellos estaban por eliminarlo”. (La Tercera)

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